REGINAVE


El "Régimen de la Navegación Marítima Fluvial y Lacustre" (REGINAVE) fue aprobado por Decreto N° 4.516 en el año 1973 y entró en vigor el 1° de Enero de 1974.

Reemplazó al "Digesto Marítimo y Fluvial" cuyas disposiciones regían los servicios de la Marina Mercante Nacional desde 1938, y que ya era
de difícil aplicación debido a sus numerosas modificaciones debido a avances en tecnología y cuestiones administrativas que no habían sido contemplados.
El REGINAVE contiene disposiciones sobre:

EL BUQUE Y SU EQUIPAMIENTO:
  • La construcción, modificación, reparación, verificaciones complementarias y desguaces de buques y artefactos navales.
  • El franco bordo
  • Instrumental náutico, publicaciones y material de señalización.
  • Sistemas y dispositivos de lucha contra incendio e inundación.
  • Dispositivos de salvamento.


⟹ EL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE:
  • Matrícula y registro de buques y artefactos navales.
  • Bandera, señales, características y distintivos.
  • Los libros registros.
  • Condiciones, inspecciones y certificados de seguridad.
  • Despacho de buques y embarco y desembarco de tripulantes.



⟹ EL RÉGIMEN OPERATIVO DEL BUQUE:
  • Navegación en las aguas de jurisdicción nacional.
  • Buques en puerto.
  • Convoyes de remolque y empuje.
  • Buques pesqueros.


⟹ REGLAMENTOS VARIOS:

  • Arqueo.
  • Régimen de las actividades náutico-deportivas.
  • Privilegio de paquete postal.
  • Buques paraguayos en aguas argentinas.
  • Procedimiento en caso de accidentes de navegación.
  • Transporte de pasajeros.
  • Seguridad en los trabajos de reparación y mantenimiento.
  • Normas de seguridad en buques tanques dedicados al transporte de combustible líquido.
  • Disposiciones para casos de siniestro.
  • Actividades de buceo deportivo.
  • Transporte por buques de mercancías peligrosas.


⟹ EL PERSONAL NAVEGANTE DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL:
  • Normas generales.
  • Registro y habilitación.
  • Dotaciones de seguridad.


⟹ EL PERSONAL TERRESTRE DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL:
  • Registro y habilitación.


⟹ DISPOSICIONES GENERALES Y NORMAS DE PROCEDIMIENTOS EN LO CONTRAVENCIONAL DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN

⟹ LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PROVENIENTE DE BUQUES:
  • Prevención de la contaminación de las aguas por hidrocarburos. 
  • Prevención de la contaminación de las aguas por aguas sucias.
  • Prevención de la contaminación de las aguas por basuras.
  • Prevención de la contaminación atmosférica por humo y hollín.
  • Prevención de la contaminación por vertimiento de desechos y otras materias.
  • Prevención de la contaminación de las aguas por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel.
  • Sistema de preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos y otras sustancias nocivas y sustancias potencialmente peligrosas.